ACTUALIZACIÓN URGENTE: NORMATIVA SOBRE SEÑALIZACIÓN CON TRIÁNGULOS EN AUTOPISTA Y AUTOVÍA.

En autopistas y autovías hasta el 1 de enero de 2026 no es obligatorio poner los citados triángulos tras una inmovilización del vehículo por accidente o avería.

En el caso de accidente o avería, como norma general, si el vehículo está inmovilizado sin posibilidad de reemprender la marcha, se deberá encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición. Todo conductor deberá emplear la señal V-16 luminosa o los triángulos de peligro reglamentario para advertir dicha circunstancia.

Hasta el 1 de enero de 2026 se podrán seguir utilizando como señal V-16, los triángulos de personalización de peligro, que se colocarán en el lado derecho según el sentido de la marcha, uno por delante y otro por detrás del vehículo o la carga como mínimo a 50 metros de distancia y dejándolos en forma tal que sean visibles desde 100 metros, al menos, por los conductores que se aproximen.

En calzadas de sentido único, o de más de tres carriles, bastará la colocación de un solo dispositivo, situado como mínimo 50 metros antes en la forma anteriormente indicada.

En autopistas y autovías hasta el 1 de enero de 2026 no es obligatorio poner los citados triángulos tras una inmovilización del vehículo por accidente o avería.

INSTRUCCIÓN MOV 2023/15

Fuente: Nota de Fundación Pons (Pons Mobility)